Viceministerio de Capital Humano y Gestión Organizacional

Publicado el: 12/02/2024 11:35

El Viceministerio de Capital Humano y Gestión Organizacional del Ministerio de Economía y Finanzas de conformidad a la Ley 7158/2023 que absorbe las atribuciones establecidas por la Ley Nº 1626 “De la Función Pública”.

FUNCIONES Y ATRIBUCIONES OTORGADAS POR LA LEY 1626/00

Ley Nº 1626/2000 “De la Función Pública”, articulo 96

a) formular la política de recursos humanos del sector público, tomando en consideración los requerimientos de un mejor servicio, así como de una gestión eficiente y transparente;

 

b) organizar y mantener actualizado un registro género de la función pública;

 

c) preparar el reglamento general de selección, admisión, calificación, evaluación y promoción del personal público, basado en un concurso público de oposición.

 

d) participar en el estudio y análisis de las normas que regulan el sistema de jubilación y pensión a cargo del Estado;

 

e) detectar las necesidades de capacitación del funcionario público y establecer los planes y programas necesarios para la misma;

 

f) asesorar a la Administración Central, entes descentralizados, gobiernos departamentales y municipales, acerca de la política sobre recursos humanos a ser implementada;

 

g) supervisar la organización y funcionamiento de los organismos o entidades del Estado, encargadas  de los recursos humanos de la función pública;

h) proponer el sistema de clasificación y descripción de funciones de los cargos de los organismos y entidades del Estado y mantenerlos actualizados, así como el escalafón para funcionarios públicos;

 

i) asesorar a organismos y entidades del Estado para la racionalización en materia de escalafones y proponer criterios para la formulación de la política de remuneración a los funcionarios públicos;

 

j) recabar los informes necesarios para el cumplimiento de sus fines, de todas las reparticiones públicas;

 

k) realizar estudios sobre materias de su competencia para la toma de decisiones que afecten a los funcionarios públicos;

 

l) promover el acceso de la mujer a los cargos de decisión en la función pública;

 

m) homologar y registrar los reglamentos internos y los contratos colectivos de condiciones de trabajo, dentro de los organismos y entidades del Estado cuando ellos reúnan los requisitos de fondo y de forma para su validez;

 

n) aprobar los proyectos de reglamento de selección, admisión, calificación y promoción del personal público, presentados por las diversas reparticiones públicas; y,

 

o) designar los jueces de instrucción para los sumarios administrativos.

 

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