10 dic

La Secretaría de la Función Pública (SFP), estableció los criterios para que funcionarios públicos accedan a los beneficios contemplados en los Convenios firmados con Universidades del país, mediante la Resolución Nº 92/2016. El Instituto Nacional de la Administración Pública del Paraguay (INAPP), tendrá a su cargo la verificación de las solicitudes presentadas por los Organismos y Entidades del Estado (OEE).
Entre los criterios figuran la aplicación de las políticas establecidas y promovidas por la SFP en materia de Gestión y Desarrollo de Personas, la remisión del informe sobre el movimiento del personal (Altas y Bajas), establecido en el Decreto reglamentario de la Ley de Presupuesto General de la Nación de 2016, y la institución no deben poseer medida cautelar o Acuerdo y Sentencia contra la Ley Nº 1626/2000, “De la Función Pública”. Este último criterio no se aplica a los funcionarios beneficiados en años anteriores.
Las solicitudes deberán presentase en la Mesa de Entrada a la Secretaría de la Función Pública –por nota debidamente firmada por la Máxima Autoridad Institucional (MAI). También se podrá realizar a través delSistema Integrado Centralizado de la Carrera Administrativa (SICCA), siempre que la MAI remita a la SFP la resolución por la cual designa al responsable de operar el SICCA, quién tendrá a su cargo procesar las postulaciones en el marco de los Convenios con universidades.
El INAPP, es la instancia responsable de estructurar y coordinar los programas de capacitación y formación, a fin de promover la optimización de los servicios públicos desarrollando mecanismos que fortalezcan los conocimientos de los recursos humanos del sector público.