Informe del cumplimiento de la Ley 5189/14 que corresponde a junio de 2023
Informe del Monitoreo de cumplimiento de la Ley 5189/2014 "Que establece la obligatoriedad de la provisión de información en el uso de los recursos públicos sobre remuneraciones y otras retribuciones asignadas al servidor público de la República del Paraguay", realizado con base en la publicación de datos correspondientes a junio de 2023.

El Artículo 9º de la Ley 5189, establece que la Secretaría de la Función Pública será la responsable del control permanente del cumplimiento de la presente disposición legal. Esta Secretaría Ejecutiva no realiza el control del uso de los recursos de los Organismos y Entidades del Estado, sino en el cumplimiento de la publicación de los informes requeridos por la norma referida.
La normativa señala que todos los Organismos y Entidades del Estado (OEE), deben actualizar mensualmente la información requerida, hasta quince días hábiles del mes inmediatamente posterior. El 21 de julio de 2023 fue la fecha límite para la publicación de los datos correspondientes al mes de junio de 2023.
La verificación del cumplimiento de la Ley Nº 5189/2014, con la publicación que corresponde a junio/2023, se realizó con base en la matriz aprobada por la Resolución Nº 1268/2015. Los resultados del monitoreo se clasifican en tres niveles:
Se presenta un reporte del informe de monitoreo en base al Decreto Nº 3250/2015 "Por la cual se dispone la clasificación en grupos de las Municipalidades de la República del Paraguay".
Notificación del incumplimiento
La SFP comunicará, a través de la Dirección Nacional de Correos del Paraguay (DINACOPA), a las instituciones que están incumpliendo con la Ley 5189/2014.
Responsabilidad compartida
El compromiso asumido por la SFP ante la ciudadanía, es el de transparentar la gestión de los recursos públicos, en total observancia al espíritu de la ley y de rendir cuentas a nuestros mandantes. La SFP, como ente responsable del control permanente del cumplimiento de lo que establece la Ley 5189, y con una responsabilidad aun mayor, requiere de la cooperación de todos los sectores para responder y cumplir con la tarea que le fuera legalmente asignada.
La SFP invita a todos los Organismos y Entidades del Estado, a verificar periódicamente la página de la SFP en la cual estarán publicadas todas las informaciones relacionadas a este tema, así como también otros que hacen al que hacer diario del Sector Público.
Aquellas instituciones que requieran aclaraciones referentes a los niveles de cumplimiento, pueden remitir sus consultas al correo electrónico: monitoreo5189@sfp.gov.py.
Aumento del jornal
Cálculo del jornal mínimo a partir del 01 de julio de 2023, en el marco de la Multa por Incumplimiento de la Ley 5189/2014, con base en el Decreto N° 9584, del 29 de junio de 2023.
- Salario mínimo legal vigente: PYG2.680.373(guaraníes dos millones seiscientos ochenta mil trescientos setenta y tres)
- Jornal mínimo: PYG 2.680.373/26 = PYG 103.091(guaraníes ciento tres mil noventa y uno)
Por tanto: 180 jornales: 180 * PYG 103.091, equivalente a: G. 18.556.380(guaraníes dieciocho millones quinientos cincuenta y seis mil trescientos ochenta). Con vigencia a partir de la notificación por incumplimiento correspondiente a junio de 2023, cuyo vencimiento de publicación fue el 21 de julio de 2023
En virtud a lo que establece la ley 5189/2014 y la Ley 5747/2016 que modifica el artículo 8°, que en su parte pertinente expresa: "Los Organismos y Entidades mencionadas en los incisos a), b), c) y d) del Artículo 2° de la Ley N° 5189/14 “QUE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE LA PROVISIÓN DE INFORMACIONES EN EL USO DE LOS RECURSOS PÚBLICOS SOBRE REMUNERACIONES Y OTRAS RETRIBUCIONES ASIGNADAS AL SERVIDOR PÚBLICO DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY”, que incumplan la obligación de informar dispuesta en la misma, serán castigados con ciento ochenta días de multa." (180 jornales equivalente a G. 18.556.380 (guaraníes dieciocho millones quinientos cincuenta y seis mil trescientos ochenta).