Ante el cambio de administración se debe presentar la Declaración Jurada de Intereses

Publicado el: Martes, AGOSTO 8, 2023

La Secretaría de la Función Pública (SFP), dependiente de la Presidencia de la República, en su carácter de ente rector de la gestión de personas del sector público cumple en recordar, ante el cambio de administración, la obligación de presentar la Declaración Jurada de Intereses ante la Contraloría General de la República, dispuesto en el artículo 8º de la Ley N° 7089/2023.

Esta presentación debe realizarse conjuntamente con la declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos, dentro de los 15 (quince) días de la toma de posesión del cargo y dentro de los 15 (quince) días del cese en el cargo.

Se realiza esta comunicación a las máximas autoridades de los Organismos y Entidades del Estado del Poder Ejecutivo, Entes Autónomos y Autárquicos, Empresas Públicas, Binacionales y todas aquellas citadas en el artículo 13 de la ley 7089,  en consideración a la Declaración N° 1263, de fecha 28 de junio del año en curso, emitida por la Honorable Cámara de Diputados:

 

“Que recuerda tanto al Gobierno entrante como al saliente, así como a todas las autoridades electas y a aquellas que cesarán en sus funciones, la vigencia de la ley que cesarán en sus funciones, la vigencia de la Ley que establece el régimen de prevención, corrección y sanción de conflictos de intereses en la Función Pública.”

 
Accede a la Res. CGR Nº 1148/2023 - Por la cual se reglamenta la Ley N° 7089/23 ''Que establece el régimen de prevención, corrección y sanción de intereses en la función.

 
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