Se mantienen las medidas en el Sector Público en el marco del levantamiento gradual del aislamiento general y se recuerda la vigencia del Protocolo Unificado
La Secretaría de la Función Pública, en su carácter de órgano central normativo para la función pública y el desarrollo institucional de las entidades estatales, de conformidad a la Ley N° 1626/2000 “De la Función Pública”, y, en particular al Decreto Nº 4115/2020, mediante el cual el Poder Ejecutivo establece medidas en el marco del Plan de levantamiento gradual del aislamiento preventivo general en el territorio nacional por la pandemia de coronavirus (COVID-19), recuerda la vigencia del Protocolo Unificado de Medidas a ser aplicadas por los Organismos y Entidades del Estado, las Gobernaciones y Municipalidades, conforme a la naturaleza de sus servicios, aprobado por Resolución N° 187/2020.

En concordancia con el Artículo 9 del mencionado Decreto, el Protocolo Unificado establece las medidas que coadyuvan a preservar la salud del funcionariado público y la ciudadanía, de manera a mantener las medidas de bioseguridad e higiene, el distanciamiento físico y la mínima movilidad de los funcionarios de sus domicilios con el objetivo de evitar la propagación del coronavirus.
1. En relación a la prestación de servicios institucionales podrán:
Mantener la suspensión temporal de atención directa al público para la recepción de documentos, y, por consiguiente, mantener la Mesa de Entrada Electrónica para la recepción, tramitación de documentos y otros servicios en línea.
Disponerla atención parcial al público, con las siguientes medidas: a) Proveer mecanismos para lavado de manos o higienización al ingreso/salida del local para aquellas personas que acudan a la institución, manteniendo el distanciamiento físico; b) Exigir el uso obligatorio de mascarilla y se recomienda el control de temperatura; c) Prohibir el ingreso a la institución de menores de edad, adultos mayores y personas en situación de vulnerabilidad; d) Evitar la aglomeración de personas dentro y fuera de la Institución manteniendo la distancia.
2. Para la Gestión de Personas del Sector Público:
Mantener la cantidad necesaria o mínima de funcionarios para asegurar los servicios institucionales.
Exonerar del registro de entrada y salida a los funcionarios que asisten para cumplir con los servicios imprescindibles, debiendo arbitrar otro mecanismo de control.
Exonerar la asistencia a las personas que se encuentran en los grupos vulnerables
Disponer la conformación de los equipos de trabajos por nivel jerárquico o dependencias.
Mantener la asistencia del mismo equipo de trabajo por el mismo periodo de tiempo, pudiendo establecer rotaciones semanales conforme requerimientos de mejor servicio.
Establecer preferentemente la modalidad del teletrabajo para minimizar la circulación de personas y garantizar el funcionamiento institucional.
Disponer la movilidad interna de los funcionarios con la reasignación de funciones que permitan el fortalecimiento de otras áreas.
Disponer de manera excepcional el horario de trabajo para los funcionarios públicos de los OEE dependiente del Poder Ejecutivo de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
3. Medidas que se deben adoptar en las oficinas institucionales:
Mantener las medidas de bioseguridad, uso obligatorio de tapabocas, lavado de mano al ingreso, durante la jornada laboral y a la salida.
Establecer la constante higienización de los espacios comunes (comedor, cocina, sanitarios, ascensores, escaleras).
Reorganizar los espacios laborales a fin de permitir el distanciamiento físico, con la reubicación de los respectivos muebles en las áreas de trabajo o en otras dependencias.
El artículo 3 de la Resolución N° 187/2020, unifica los Protocolos establecidos por las Resoluciones Nº 146/2020; 151/2020; 154/2020; y 163/2020, y establece la vigencia de las medidas aprobadas por el tiempo que dure la Emergencia Sanitaria.
La Secretaría de la Función Pública mantiene la Mesa de Entrada Electrónica a través del correo electrónico sfp.secretariageneral@gmail.com, para la recepción, tramitación de documentos y otros servicios en línea, y la suspensión temporal de la atención directa al público mientras persistan las medidas sanitarias.